Plazos para excusarte, qué motivos se aceptan, tus permisos en el trabajo, la dieta y qué pasa si no te presentas el 29 de noviembre
TrabajoFecha: 02/11/2026
Te ha llegado una carta del ayuntamiento y, al abrirla, lo ves: te ha tocado estar en una mesa electoral el 29 de noviembre. Es normal que te surjan mil dudas. ¿Es obligatorio? ¿Me puedo librar? ¿Y si ese día trabajo? ¿Qué pasa si no voy?
Aquí tienes todo lo que dice la ley, paso a paso, para que sepas qué te toca hacer y qué plazos no se te pueden escapar.
En resumen
- Es obligatorio. Ser presidente o vocal de una mesa electoral es una obligación legal.
- Tienes 7 días desde que te notifican para presentar una excusa ante la Junta Electoral de Zona.
- Si trabajas, tienes derechos: permiso retribuido el día de la votación si es laborable para ti y cinco horas menos de jornada el lunes 30, si ese día trabajas.
- Cobras una dieta de 75 € si ejerces el cargo.
- No presentarte sin causa justificada puede ser delito, castigado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.
¿Cuándo me avisan si me ha tocado mesa electoral?
Cada mesa electoral la forman un presidente y dos vocales, y cada uno tiene dos suplentes. Todos salen de un sorteo público que hace el ayuntamiento entre las personas inscritas en el censo de esa mesa.
Para las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026, estas son las fechas clave:
Qué | Cuándo |
Sorteo de los miembros de mesa | Entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre |
Notificación | En los 3 días siguientes al sorteo |
Plazo para presentar una excusa | 7 días desde que recibes la notificación |
Respuesta de la Junta Electoral de Zona | En un plazo de 5 días |
Aviso si surge un imprevisto después | Al menos 72 horas antes de la constitución de la mesa o, si el impedimento aparece más tarde, inmediatamente y antes de la hora de constitución |
Día de la votación | Domingo 29 de noviembre: titulares y suplentes deben presentarse a las 8:00 para constituir la mesa |
Junto con la notificación te entregarán un manual de instrucciones con todo lo que tendrás que hacer ese día. Léelo con calma: te quitará muchas dudas.
Quién puede ser elegido
Para salir en el sorteo tienes que estar en el censo de esa mesa, saber leer y escribir y tener menos de 70 años. Para ser presidente, además, hace falta el título de Bachiller o de Formación Profesional de segundo grado o, si no hay suficientes personas con esos títulos, el de Graduado Escolar o equivalente.
Los candidatos que se presentan a las elecciones no pueden formar parte de ninguna mesa.
¿Me puedo librar? Las excusas que se aceptan
Puedes pedir que te liberen del cargo, pero no basta con que no te apetezca: necesitas una causa justificada y documentada. La decide la Junta Electoral de Zona, siguiendo los criterios que fija la Junta Electoral Central.
Excusas que se aceptan siempre (si las acreditas)
- Tener entre 65 y 69 años. A partir de los 65 puedes renunciar sin dar más explicaciones, dentro del mismo plazo de 7 días.
- Tener reconocida una discapacidad, de cualquier grado.
- Estar de baja médica (incapacidad temporal) o cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Estar embarazada de seis meses o más, o estar disfrutando del permiso por nacimiento, adopción o acogimiento.
- Cuidar de un lactante, o tener a tu cargo, de forma directa y continua, a menores de 12 años o a personas con discapacidad o a familiares hasta segundo grado que no pueden valerse por sí mismos. Se acredita, por ejemplo, con la reducción de jornada concedida por ese motivo o con un certificado de servicios sociales. Tener hijos menores de 12 años no basta por sí solo: tienes que acreditar ese cuidado.
- Haber estado en una mesa electoral al menos tres veces en los últimos diez años, siempre que la mesa pueda formarse igualmente.
- Ser víctima de un delito con una orden de alejamiento en vigor, si la otra persona vota en el mismo colegio electoral.
Excusas que la Junta valora caso por caso
- Una enfermedad o lesión que te impida o te dificulte mucho hacer las funciones de la mesa, aunque no estés de baja. Hace falta un certificado médico que explique las limitaciones.
- Una operación o pruebas médicas importantes que no se puedan aplazar, el día de la votación o justo antes o después.
- Un evento familiar de especial relevancia ese día, como una boda, si eres el protagonista o un familiar hasta segundo grado. Tendrás que acreditar que no se puede aplazar o que aplazarlo te causaría un perjuicio económico importante.
- Ser madre o padre de menores de 14 años en una familia monoparental, o cuando el otro progenitor no pueda quedarse con ellos.
- Haberte mudado a otra comunidad autónoma, si justificas que te resulta difícil acudir.
- Trabajar ese día en un servicio esencial (sanidad, bomberos, protección civil…) y que no puedan sustituirte, acreditado por tu responsable.
La lista no es cerrada: puedes alegar otros motivos parecidos y la Junta decidirá. Un viaje, por ejemplo, no aparece en la lista, así que dependerá de cómo lo justifiques (cuándo lo reservaste, si se puede cambiar, cuánto perderías).
Cómo presentar la excusa, paso a paso
- Mira la fecha en que recibiste la notificación. Desde ese día tienes 7 días.
- Reúne los documentos que demuestran tu motivo: certificado médico, baja, libro de familia, reducción de jornada, reserva del evento…
- Presenta un escrito ante la Junta Electoral de Zona que te indica la notificación, explicando el motivo y adjuntando los documentos.
- Espera la respuesta. La Junta tiene 5 días para contestar y, si la rechaza, debe explicar por qué. Su decisión no se puede recurrir en la vía electoral. Según la Junta Electoral Central, en su caso cabe recurso contencioso-administrativo.
Mientras no te digan que han aceptado tu excusa, sigues teniendo que ir.
¿Y si me surge un imprevisto después?
Si después del plazo te pasa algo que te impide ir (una enfermedad repentina, un accidente…), tienes que avisar a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de la constitución de la mesa, con el justificante. Si ocurre en las últimas 72 horas, avisa en cuanto puedas y siempre antes de las 8:00 del domingo. No avisar también puede tener consecuencias.
¿Qué permisos tengo en el trabajo?
Si trabajas por cuenta ajena o eres funcionario y te nombran presidente o vocal:
- Tienes permiso retribuido de jornada completa el día de la votación, si ese domingo es laborable para ti.
- Tienes derecho a reducir tu jornada en 5 horas el lunes 30 de noviembre, el día siguiente, si ese día tienes jornada laboral.
Avisa a tu empresa en cuanto recibas la notificación y guárdate una copia como justificante. Si quieres saber qué otros permisos te corresponden, lo tienes en nuestra guía de permisos retribuidos, y si tienes reducción de jornada por cuidado de hijos, en la de reducción de jornada.
¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral?
Para estas elecciones, el presidente y los vocales que ejercen el cargo cobran una dieta de 75 € por la jornada, según la Orden INT/650/2026. Se cobra entera, aunque estés menos tiempo en la mesa. Los suplentes solo la cobran si acaban ocupando el puesto de un titular.
¿Qué pasa si soy suplente?
También tienes que presentarte a las 8:00 del 29 de noviembre en tu colegio electoral. Si falta el titular al que sustituyes, ocupas su puesto. Si están todos los titulares, no te vayas por tu cuenta: espera a que la mesa quede constituida y te confirmen que puedes irte. Y asegúrate de que queda constancia de que te presentaste.
Cómo es el día de la votación
- 8:00: titulares y suplentes se presentan. A las 8:30, el presidente extiende el acta de constitución de la mesa.
- 9:00 a 20:00: votación, sin interrupciones.
- 20:00: se anuncia el cierre de la votación. Las personas que ya estén dentro del local electoral o en su acceso pueden terminar de votar. Después se introducen los votos por correo y votan los miembros de la mesa y los interventores que corresponda.
- Después: recuento de votos y firma de las actas.
Es una jornada larga, así que lleva comida, agua y algo de abrigo.
¿Qué pasa si no voy a la mesa electoral?
No presentarte, abandonar la mesa sin causa legítima o no cumplir con la obligación de excusarte o avisar a tiempo puede constituir un delito electoral. La ley lo castiga con prisión de tres meses a un año o con multa de seis a veinticuatro meses. Afecta tanto a los titulares como a los suplentes.
La multa no es una cantidad fija: se calcula en días-multa, y el juez fija lo que pagas cada día según tu situación económica, entre 2 y 400 euros. Una condena por delito, además, deja antecedentes penales.
Por eso, si tienes un motivo para no ir, lo más importante es usarlo dentro de plazo y con documentos.
Preguntas frecuentes:
¿Es obligatorio ir si me ha tocado mesa electoral?
Sí. Ser presidente o vocal es obligatorio. Solo te libras si la Junta Electoral de Zona acepta tu excusa.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar una excusa?
Siete días desde que recibes la notificación. La Junta responde en cinco días.
¿Los mayores de 65 años están obligados?
Pueden renunciar sin dar más motivos, dentro de los mismos siete días. A partir de los 70 años ya no entras en el sorteo.
¿Me pagan el día en el trabajo?
Si el domingo de la votación es laborable para ti, tienes permiso retribuido de jornada completa. Además, tienes derecho a una reducción de cinco horas de la jornada laboral del lunes siguiente, si ese día trabajas.
¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral?
En estas elecciones, 75 € de dieta para el presidente y los vocales que ejerzan el cargo.
¿Qué pasa si no voy a la mesa electoral?
Puede constituir un delito electoral, castigado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.
¿Tengo que ir si soy suplente?
Sí, a las 8:00 del día de la votación. Solo puedes irte cuando la mesa esté constituida y te confirmen que no hace falta tu participación.
¿Me puedo librar si tengo un viaje?
No está en la lista de excusas que se aceptan siempre. La Junta lo valorará según cuándo lo reservaste, si puedes cambiarlo y cuánto perderías, así que apóyalo con documentos.
¿Qué hago si me pongo enfermo justo antes?
Avisa a la Junta Electoral de Zona con 72 horas de antelación o, si no da tiempo, en cuanto puedas y antes de las 8:00 del domingo, con el justificante médico.
¿Tienes dudas sobre tu caso?
Si no sabes si tu motivo es válido o cómo justificarlo, cuéntaselo a Alex. Alex es un asistente legal con IA que te ayuda a entender la ley y a entender tu caso, con el respaldo de más de 800 abogados de Legálitas.
Redacción: Patricia I. Bertomeo