Si hay un alquiler turístico en tu edificio, la comunidad puede tener margen para aprobarlo, limitarlo o prohibirlo.
PropietariosMadrid, 16 de junio de 2026.
Los pisos turísticos siguen generando dudas en muchas comunidades de vecinos.
Para algunos propietarios son una forma de alquilar su vivienda por días o semanas. Para muchos vecinos, pueden traer más movimiento en el portal, ruidos, uso de zonas comunes o problemas de convivencia.
La pregunta suele ser la misma: ¿puede la comunidad hacer algo?
La respuesta es sí, pero depende del caso.
La Ley de Propiedad Horizontal permite que la comunidad apruebe, limite, condicione o prohíba el uso turístico de una vivienda si se alcanza una mayoría de tres quintos del total de propietarios y cuotas.
Además, desde el 3 de abril de 2025 está en vigor una reforma que exige aprobación expresa de la comunidad para iniciar esta actividad en edificios sujetos a propiedad horizontal.
Dicho fácil: tener una vivienda en propiedad no significa que puedas convertirla en piso turístico sin revisar antes las normas de la comunidad.
📑 Índice
Qué puede decidir la comunidad
Qué pasa si el piso turístico ya existía
Qué ocurre si hay ruidos o molestias
Qué debe revisar un propietario
Qué puede hacer un vecino
FAQs sobre pisos turísticos
Qué puede decidir la comunidad
La comunidad puede votar si permite, limita o prohíbe los pisos turísticos.
También puede aprobar una cuota especial o un incremento de gastos comunes para la vivienda donde se realiza la actividad, siempre dentro del límite legal y sin efectos retroactivos.
Por ejemplo, si el piso turístico genera más uso del ascensor, más limpieza o más desgaste de zonas comunes, la comunidad puede valorar un ajuste en los gastos.
Qué pasa si el piso turístico ya existía
Aquí hay que revisar el caso concreto.
No es lo mismo una vivienda que ya funcionaba como piso turístico con la documentación correcta que una vivienda que empieza ahora sin aprobación de la comunidad.
Conviene comprobar:
Los estatutos de la comunidad.
Los acuerdos aprobados en junta.
La fecha en la que empezó la actividad.
Si existe licencia, inscripción o comunicación cuando sea necesaria.
La normativa turística de la comunidad autónoma o del municipio.
Por eso, ante un piso turístico ya existente, no basta con decir “se puede” o “no se puede”. Hay que mirar documentos, fechas y acuerdos.
Qué ocurre si hay ruidos o molestias
Aunque un piso turístico esté autorizado, eso no significa que pueda causar molestias constantes.
Si hay fiestas, ruidos, daños en el portal, problemas de seguridad o mal uso de zonas comunes, la comunidad puede actuar frente a esas conductas.
Lo importante es documentarlo bien:
- Fechas.
- Horarios.
- Fotos de daños.
- Mensajes al propietario.
- Quejas al administrador.
- Actas de comunidad.
No se trata de prohibir por prohibir, sino de actuar con pruebas.
Qué debe revisar un propietario
Antes de alquilar una vivienda como piso turístico, el propietario debería revisar:
Qué dicen los estatutos.
- Si la comunidad ha aprobado alguna limitación.
- Si necesita autorización expresa.
- Si debe cumplir requisitos autonómicos o municipales.
- Si hace falta licencia o inscripción.
Un error frecuente es pensar: “como el piso es mío, puedo hacer lo que quiera”.
Pero en una comunidad de propietarios también hay reglas comunes.
Qué puede hacer un vecino
Si te preocupa un piso turístico en tu edificio, el primer paso es comprobar si la comunidad ya ha tratado el tema.
Puedes pedir información al presidente o al administrador, revisar actas anteriores y solicitar que se incluya el asunto en la próxima junta.
Si además hay molestias, conviene recopilar pruebas antes de tomar decisiones.
Alex puede ayudarte a entender qué opciones tiene tu comunidad, qué mayoría hace falta y qué pasos puedes dar según tu caso.
FAQs sobre pisos turísticos
¿Puede mi comunidad prohibir pisos turísticos?
Sí. Puede aprobar, limitar, condicionar o prohibir esta actividad si alcanza la mayoría legal de tres quintos.
¿Un propietario necesita permiso para empezar?
Sí. Desde el 3 de abril de 2025 está en vigor la obligación de contar con aprobación expresa de la comunidad.
¿Qué hago si hay ruidos o molestias?
Puedes comunicarlo al presidente o al administrador, recopilar pruebas y pedir que se trate en junta.
Conclusión
Los pisos turísticos pueden generar dudas tanto para propietarios como para vecinos.
La clave está en revisar bien los estatutos, los acuerdos de comunidad, la normativa aplicable y si existe autorización para esa actividad.
Antes de actuar, conviene entender qué opciones hay.